"Poder preventivo": El gran desconocido

Una entrada de nuestro blog

En la actualidad, afortunadamente, ha aumentado la media de vida en nuestra sociedad. Esto, que es una buena noticia, también nos lleva a pensar que han aumentado las enfermedades que acompañan a la vejez y que pueden afectar a nuestra capacidad cognitiva que es en definitiva la capacidad para entender y comprender lo que ocurre a nuestro alrededor.

Cuando nuestros mayores son ancianos y necesitan firmar documentos notariales, en muchas ocasiones necesarios para tener una vida digna como por ejemplo la venta de un piso para atender al pago de la residencia, el notario tiene que juzgar su capacidad y si nuestra madre, padre o abuelos no la tienen, no será posible que el notario lo autorice. La única opción entonces, es acudir a la incapacitación judicial, que es un proceso con la intervención de un abogado, que requiere unos tramites con una duración que a veces puede ser de varios meses frustrándose entonces la venta del piso.

Por ese motivo son interesantes los llamados PODERES PREVENTIVOS. Estos poderes se formalizan cuando la persona aún tiene capacidad suficiente, y se hacen para que, aunque la pierda después, puedan ser usados por el apoderado, mientras no sea el poderdante incapacitado judicialmente y el Juez decida revocarlos.

Pueden ser poderes generales, que se otorgan para ser usados desde ese mismo instante en que se firman e incluso si se pierde la capacidad; o solamente poderes para usar por el apoderado cuando quien los da pierda la capacidad justificada esta situación en la forma prevista en el documento, por ejemplo mediante certificados médicos.

En mi despacho, frecuentemente me encuentro con situaciones en las que la existencia de un poder preventivo hubiera facilitado las cosas, y desde mi punto de vista este un documento muy útil pero desconocido para el público en general.

NI QUE DECIR TIENE que este poder requiere que el poderdante tenga suficiente confianza en el apoderado, diríamos que confianza total, siendo posible incluso dárselo a varias personas para que actúen individual o conjuntamente según ordene quien lo da.

Nuestra notaría permanece abierta en el horario de verano
(junio a septiembre incluidos):

Lunes a viernes de 9:30 a 14:00 horas
Jueves también de 17:00 a 19:00 horas
Otro horario previa petición